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Gastos y tributos

Se hace constar que la primera entrega de vivienda está sujeta además de al IVA, al tipo vigente en el momento de pago, siendo el aplicable en la actualidad a la adquisición de vivienda el 7%, al Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD), al tipo del 1%, que se devengará con el otorgamiento de la escritura pública de compraventa, y que será de cuenta de la parte COMPRADORA.

Serán de cuenta y cargo de la VENDEDOR el Impuesto Municipal sobre el INCREMENTO del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana. Los gastos derivados de la preparación e inscripción de la declaración de obra nueva y división horizontal y de la constitución o división de la hipoteca para financiar la construcción así como los de cancelación de la hipoteca, en el caso de que el comprador no opte por subrogarse, serán de cuenta y cargo de la parte vendedora. El resto de los tributos y gastos que se devenguen o deriven del contrato de compraventa y de su posterior escrituración e inscripción en el Registro de la Propiedad, y en su caso la subrogación en la hipoteca, serán de cuenta y cargo del COMPRADOR.

Piso piloto y oficina de ventas abiertos de lunes a sábado de 10.00 h. a 19.00 h.  

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